INSDE/ diciembre 26, 2018/ Información Institucional, Novedades y eventos

Asociarse a INSDE

Solicitud de alta como persona física o jurídica colaboradora del Instituto de Desarrollo Económico.Colabora con INSDE


Asociarse al Instituto de Desarrollo Económico

El Instituto de Desarrollo Económico es una entidad sin ánimo de lucro. En nuestros estatutos describimos nuestro régimen económico . Entre nuestros fines está impulsar la labor de otras ONGs, fundaciones y entidades no lucrativas que, gracias al esfuerzo y dedicación de sus socios y promotores, sacan adelante programas y proyectos importantes en su entorno local.

Asociarse a INSDE como persona física individual o como empresa conlleva unos beneficios fiscales. Para personas físicas la deducción fiscal en su declaración del IRPF puede alcanzar el 35%. Y para las jurídicas (empresas) hasta el 40% si las aportaciones se mantienen durante 3 años o más.

Para asociarse a INSDE ha de solicitarse conforme a lo establecido en nuestros Estatutos. Para ello es necesario completar el siguiente formulario:

IMPORTANTE

Enviando este formulario está aceptando nuestras condiciones de uso y política de privacidad.

El mes de enero enviamos el Certificado de Aportaciones referido a los importes recibidos en INSDE durante el ejercicio anterior. Con ello podrás desgravarte las cuotas pagadas en tu declaración de impuestos.

La condición de persona (física o jurídica) asociada, además de colaborar en la consecución de nuestros fines, te permite acceder a ventajas en la contratación de nuestros servicios.

Quiero hacer un donativo

Si sólo quieres hacer un donativo puntual puedes realizarlo ingresando en la cuenta bancaria abierta a nombre de INSDE en el Triodos Bank. También te enviaremos el Certificado correspondiente para tu declaración de impuestos.

Titular: Instituto de Desarrollo Económico

IBAN: ES75 1491 0001 2521 6164 4626

O haciendo un donativo online pulsando el siguiente botón a través de la cuenta de INSDE en Paypal:


Información fiscal. INSDE está acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Las donaciones y aportaciones económicas recibidas son deducibles de su declaración anual de impuestos con los requisitos establecidos por la ley. Para ampliar esta información se puede consultar con la Agencia Tributaria en www.aeat.es.


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